lunes, 22 de noviembre de 2021

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El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprob贸 por unanimidad de votos sancionar al ciudadano Marcos Efr茅n Parra G贸mez con una multa, por la cantidad de cuatrocientas Unidades de Medida de Actualizaci贸n (UMA), equivalente a un total de $35,848.00, por actos anticipados de campa帽a, promoci贸n personalizada y uso de recursos p煤blicos en transgresi贸n a los principios de igualdad y equidad de las contiendas electorales.

De acuerdo a la resoluci贸n 饾棫饾棙饾棙/饾棧饾棙饾棪/023/2021 emitida por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se declar贸 la existencia de la queja presentada por Pedro Sergio Guti茅rrez L贸pez, Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el Consejo Distrital Electoral 21 del Instituto Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), en contra de Parra G贸mez, ello en cumplimiento a la sentencia de fecha cuatro de noviembre de dos mil veintiuno, emitida por la Sala Regional Ciudad de M茅xico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n en el expediente n煤mero SCM-JE-107/2021.

饾棫饾棙饾棙/饾棟饾棙饾棖/295/2021

En otro asunto, durante la octag茅sima cuarta sesi贸n p煤blica de resoluci贸n, en videoconferencia las y el Magistrado, determinaron declarar fundado el agravio hecho valer por el ciudadano Carmelo Loeza Hern谩ndez, en contra del Acuerdo de fecha 21 de octubre del 2021 que declara improcedente la queja presentada por el actor, emitida en el expediente n煤mero CNHJ-GRO-2259/2021 por la Comisi贸n Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena (CNHJ) de Morena.

De acuerdo al proyecto presentado por la Magistrada Eugenio Alcaraz, se declar贸 fundado el agravio toda vez que el acuerdo impugnado carece de congruencia externa al no existir correspondencia o relaci贸n entre lo aducido por las partes y lo considerado y resuelto por la (CNHJ) de Morena.

Por lo que al declarar procedente el juicio, el Pleno del TEEGRO determin贸 ordenar a la (CNHJ) de Morena para que, en ejercicio de sus facultades, emita una nueva resoluci贸n, observando las consideraciones expuestas en la presente resoluci贸n y, de no encontrar alguna otra causal de improcedencia, admita y resuelva el fondo del asunto en los t茅rminos de su normativa interna.

As铆 tambi茅n se revoca el Acuerdo de fecha veintiuno de octubre de los dos mil veintiunos, emitido en el expediente n煤mero CNHJ-GRO-2259/2021.

饾棫饾棙饾棙/饾棩饾棓饾棧/036/2021

Asimismo, el Pleno del TEEGRO declar贸 infundado el Recurso de Apelaci贸n (RAP), promovido por la ciudadana Ana Aurelia Rold谩n Carre帽o, representante del Partido Fuerza por M茅xico ante el IEPC, en contra de que se prohibi贸 a dicho partido pol铆tico participar en la Elecci贸n Extraordinaria del Ayuntamiento de Iliatenco, toda vez que el partido pol铆tico perdido su registro o acreditaci贸n con anterioridad a la fecha en que 茅stas deban realizarse, se帽alando adem谩s que, podr谩 participar en una elecci贸n extraordinaria el partido que hubiese perdido su registro o acreditaci贸n, siempre y cuando hubiera participado con candidatos en la elecci贸n ordinaria que fue anulada.

De acuerdo a la resoluci贸n emitida por la Magistrada Evelyn Rodr铆guez Xinol, se declar贸 infundado toda vez que se confirm贸 el Acuerdo 008/SE/07-10-2021, a trav茅s del cual aprob贸 el registro de las planillas y listas de regidur铆as de Ayuntamientos, postulados por el referido instituto pol铆tico, para el proceso electoral ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, el Partido Fuerza por M茅xico no registr贸 alguna candidatura, planilla y/o lista de regidur铆as, en el Ayuntamiento de Iliatenco, Guerrero.

En consecuencia, no tendr铆a derecho a participar en el proceso electoral extraordinario para el referido municipio, y por consiguiente los resultados de su votaci贸n v谩lida emitida para la elecci贸n de ayuntamientos no podr铆a verse modificada.

饾棓饾棸饾槀饾棽饾椏饾棻饾椉 饾棧饾椆饾棽饾椈饾棶饾椏饾椂饾椉

Finalmente, en la sesi贸n se aprob贸 un acuerdo plenario con n煤mero de expediente TEE/JEC/28372021 emitido por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz en el que, se determin贸 ordenar al Ayuntamiento del municipio de San Marcos, se reanude la Asamblea Vecinal para celebrar la jornada electiva de la comisaria municipal en la comunidad de las Lechugas y continuar con las siguientes etapas del proceso electivo, para lo cual deber谩 fijar la fecha y hora para su continuaci贸n que deber谩 celebrarse dentro del plazo de los diez d铆as naturales siguientes, contados a partir del d铆a siguiente a la notificaci贸n de la presente resoluci贸n.

Toda vez que no se dio cumplimiento a la resoluci贸n de fecha ocho de octubre de dos mil veintiuno, dictada en el Juicio Electoral Ciudadano identificado con el n煤mero de expediente TEE/JEC/283/2021.

 

 

 

 

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